El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratifica una incapacidad absoluta por fibromialgia
El Despacho de Abogados Parrado Asesores ha logrado ratificar en la más alta instancia judicial de Andalucía una sentencia que otorgaba una incapacidad permanente absoluta a una afectada por fibromialgia. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado un dictamen del Juzgado de lo Social número 14 de Málaga, que volvía a poner de manifiesto cómo afecta esta dolencia a la vida laboral de las personas, el 90% de las afectadas son mujeres.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social registró recurso de suplicación al TSJA, argumentando que las afecciones de la demandante, y las consecuencias en el desarrollo normal de su actividad laboral -realizaba tareas de coordinación y acción comercial en una empresa- "eran puntuales y episódicas".
Los abogados de Parrado Asesores interpusieron escrito contra el recurso de suplicación, exponiendo los contundentes expedientes médicos y diagnósticos que dejaban a las claras cómo esta enfermedad impide un correcto desarrollo de tareas laborales normales, incluso estar de pie, desempeñar un pequeño esfuerzo físico o estar concentrada una serie de horas en un ejercicio laboral concreto. La fibromialgia, en muchísimos casos además, afecta a aspectos psicológicos o de alimentación, que empeoran la calidad de vida de estas mujeres. Gracias a este escrito de Parrado Asesores contra el recurso del INSS, el TSJA desestimó la reclamación de la parte demandada y confirmó la incapacidad absoluta.
Dolores que impiden estar de pie, cualquier esfuerzo físico por pequeño que sea y consecuencias derivadas en el aspecto psicológico o de alimentación son razones suficientes para desestimar los recursos interpuestos por la Administración. Es difícil para estas mujeres, que muchas ya se sienten frustradas por no poder seguir trabajando por cuestiones de salud, aún en edades tempranas, que la Seguridad Social no reconozca estas incapacidades en el ámbito administrativo, y que además recurra sentencias judiciales rotundas como esta", apuntaron los abogados de Parrado Asesores.
La nueva sentencia del TSJA no ha podido ser más clara al referirse "al apoyo en el informe pericial emitido a instancia de la demandante, que llega a la conclusión de que la interactuación de todas esas dolencias impide la realización de cualquier actividad laboral. Así que la referida fibromialgia con el resto de patologías osteoarticulares de la demandante impiden a la demandante la realización de actividades laborales que requieran esfuerzos físicos e, incluso, bipedestación. Además, la demandante padece un trastorno adaptativo ansioso-depresivo con anorexia, reactivo a sus dolencias físicas, que se traduce en ánimo decaído, tristeza, hipotimia, lloros habituales, anhedonia e insomnio, repercusiones que también omite el recurso de suplicación de la Entidad Gestora".